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PERÍODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES



En relación a la información requerida por la Disposición adicional tercera de la Ley 15/2010, de 5 de julio, modificada por el artículo 9-dos de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, el período medio de pago ponderado a proveedores de las sociedades españolas que integran el Grupo es de 23 y 31 días en los ejercicios 2025 y 2024, respectivamente.


El plazo máximo legal de pago aplicable en España, según lo establecido en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, modificada a su vez por la Ley 11/2013, de 26 de julio, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, es de 30 días, ampliados a 60 días en aquellos casos en los que se haya acordado contractualmente entre las partes.


Durante el ejercicio 2025 y 2024, el número total e importe que representan las facturas pagadas a proveedores por las sociedades del Grupo españolas, detallando las que se han pagado en un periodo inferior al máximo establecido en la legislación en vigor, es el siguiente:




  Ejercicio 2025 Ejercicio 2024
Periodo medio de pago a proveedores (días) 23 31
Ratio de operaciones pagadas (días) 21 32
Ratio de operaciones pendientes de pago (días) 29 27
     
Total pagos realizados (en miles de euros) 1.236.057 1.269.619
Total pagos pendientes (en miles de euros) 448.681 456.871




El pago de facturas fuera del plazo máximo se debe, principalmente, a la existencia de incidencias en la entrega del producto o ejecución del servicio contratado. Los posibles pagos puntuales a acreedores comerciales que pudieran exceder los plazos legales establecidos responden por lo general a prácticas habituales del sector, pudiendo considerarse una razón objetiva y no de carácter abusivo conforme a lo dispuesto a la normativa anteriormente mencionada.





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